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Este tipo de visa esta utilizado por las empresas americanas que desean contratar temporalmente trabajadores extranjeros habiendo cualificaciones profesionales específicamente elevadas.
Los Servicios de la Ciudadanía y de la Inmigración (U.S. Citizenship & Immigration Services) conceden la visa H-1B a las personas extranjeras debajo de ciertas condiciones. El puesto propuesto a los que piden una visa debe ser considerado como un "puesto especializado" (Specialty Occupation) que pide por lo menos un diploma universitario correspondiente a cuatro anos de estudios superiores. La persona que necesita una visa. H-1B deberá probar que tiene al mínimo la equivalencia de un Bachelor Degree americano en un dominio de actividades en relación con el puesto propuesto. Si la persona no tiene la equivalencia de un Bachelor Degree deberá justificar de una experiencia profesional suficiente para ocupar el puesto requerido. Además, la remuneración del que tiene una visa H-1B debe ser igual o superior al salario impendo por el Departamento del Trabajo para el puesto propuesto.
Existe aproximadamente 40 categorías de profesiones especializadas permitiendo de obtener una visa H-1B (analista informática, ingeniero, contable, abogado, dentista, traductor, enfermera, personal medico trabajando en un laboratorio...). La visa "H1" es únicamente abierta a los médicos en el dominio de la enseñanza o de la investigación medical, son los dos únicos sectores en los cuales pueden ejercer.
La visa H-1B es otorgada la primera vez para una duración de tres anos, renovable para tres otros anos. Una visa H-1B podrá entonces ser otorgada para una duración total de 6 anos.
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Este visa es destinada a los cónyuges y a los menores de los titulares de una visa "H".Los esposos de una persona con visas H-1B tienen el derecho de estar en Estados Unidos pero no son autorizadas a trabajar.
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| Un gerente, un director o un asalariado altamente cualificado que ha trabajado durante por lo menos un ano, durante los tres últimos anos, para une empresa extranjera afiliada a una sociedad americana (o que dispone de una sucursal en los estados Unidos) podrá solicitar una visa L-1 permitiéndole de trabajar para la empresa americana. Este visa esta otorgada para una duración de un ano a las empresas nuevas y por una duración de un a tres anos a las empresas ya establecidas con una posibilidad de renovar anualmente sin poder sin embargo exceder un total de siete anos para los gerentes y ejecutivos, y cinco anos par un asalariado altamente cualificado.
El estudio de una solicitud de visa L-1 para los servicios de Inmigración es relativamente rápido. El proceso normal permite de obtener una respuesta en los tres meces que siguen el deposito de la solicitud. El proceso acelerado del "Premium Processing" permite de obtener una respuesta en los quince días. Los gastos preguntados por la administración para este proceso expreso son de 1,000 dólares a pagar además de los otros gastos administrativos. La visa L-1 permite a la persona que lo tiene, afines de un ano de trabajo en los Estados Unidos de hacer una solicitud de residencia permanente (Green card) si la persona desea vivir en los Estados Unidos de manera permanente. El proceso de residencia permanente es largo y puede durar a veces hasta tres anos. En fin, los esposos de alguien que tiene una visa L-1 obtienen una visa L-2 la cual les permiten de trabajar legalmente en los Estados Unidos.
Es bueno de saber que el beneficiario de una visa L-1, considerada como non-inmigrante es imponible en su país de origen incluso si es remunerado por la empresa americana. Sin embargo, es preferible de recurrir a un consejero fiscal a fin de tener más informaciones.
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Esta visa es otorgada a personas ejerciendo una actividad de comercio International entre su país de origen y los Estados Unidos y juzgados aptos para dirigir una empresa.
Una persona puede beneficiar de una tal visa si:
a. Ella misma o su empresa no tienen la nacionalidad americana pero hacen parte de un grupo extranjero deteniendo por lo menos 50% de las acciones de une empresa americana;
b. Viaja a Estados Unidos para efectuar un nombre importante de transacciones entre su país de origen y los Estados Unidos (50% del volumen de negocios bruto de la empresa americana);
c. Es implicada en operaciones administrativas o posee cualificaciones especiales juzgadas indispensables para la empresa americana;
d. Se compromete a quitar los Estados Unidos tan pronto como viene la expiración de su visa;
e. El solicitador es un ciudadano de un de los países siguientes habiendo firmado una convención de intercambios con los Estados Unidos: Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Bolivia, Brunei, Borneo, Canadá, China, Taiwán, Colombia, Costa Rica, Dinamarca, Estonia, Etiopia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Honduras, Irán. Irlanda, Israel, Italia, Japón, Corea, Letonia, Liberia, Luxemburgo, Musca Omán, Holanda, Nicaragua, Noruega, Pakistán, Paraguay, Filipinas, Sueca, Suiza, Tailandia, Togo, Turquía, Inglaterra, Irlanda del norte, Vietnam, Yugoslavia, Irán, Jamaica, Jordania.
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Este visa esta otorgada a personas que aseguraron la creación de una empresa en los Estados Unidos implicando una inversión importante. El importe de esta inversión en los Estados Unidos debe ser "sustancial".
Una visa E-2 no puede ser otorgada solamente si el Consulado americano constata los hechos siguientes:
- El solicitador de visa es ciudadano de un país extranjero habiendo firmado la convención de intercambios con los Estados Unidos o que mas de 50% de la sociedad americana es detenida por accionarios extranjeros;
- La empresa americana en la cual ha invertido un capital importante. Tiene que pagar 100 % del precio de compra y tener los recursos para empezar las actividades de su empresa;
- Este persona a sido escogida para dirigir la empresa o posee cualificaciones bien especificas estimadas indispensables para el buen funcionamiento de la empresa;
- La inversión no constituye para el solicitador su único recurso de renta; El solicitador de visa E-2 deberá probar que tiene fundos para satisfacer sus necesidades si su empresa no trabaja bien.
- Su inversión es inminente;
- Este persona deberá quitar los Estados Unidos a fines de la expiración de su visa;
- El solicitador es ciudadano de un país siguientes habiendo firmado la convención de intercambios con los Estados Unidos: Albania, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Canadá, China, Taiwán, Colombia, Costa Rica, Etiopia, Francia, Alimaña, Honduras, Italia, Japón, Corea, Liberia, Luxemburgo, Madera, Musca-Omán, Holanda, Nicaragua, Noruega, Pakistán, Paraguay, Filipinas, España, Sueca, Suiza, Tailandia, Togo, Turquía, Inglaterra, Irlanda del Norte, Vietnam, Yugoslavia, Albania, Azerbaiján, Bahrein, Bolivia, Ecuador, Estonia, Georgia, Jamaica, Jordania, Letonia, Lituania, Trinidad & Tobago, Ucrania,
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Un gerente, un director o un salariado altamente cualificado que ha trabajado durante por lo menos un ano, durante los tres últimos anos, para una empresa extranjera afiliada a une empresa americana (o que dispone de una sucursal en los Estados Unidos) podrá solicitar una visa L-1 permitiéndola trabajar para la empresa americana.
Este visa esta otorgada para una duración de un ano a las empresas nuevas y para una duración de uno a tres anos a las empresas ya establecidas con una posibilidad de renovar anualmente sin poder, sin embargo, exceder un total de siete anos para los gerentes y ejecutivos, y cinco anos para un salariado altamente cualificado.
El estudio de una solicitud de visa L-1 por los servicios de Inmigración es relativamente rápido. El proceso normal permite de obtener una respuesta en los tres meces que siguen el deposito de la solicitud. El proceso acelerado del "Premium Processing" permite obtener una respuesta en los 15 días. Los gastos impuestos por la administración para este proceso expreso están de $1,000 a pagar además de los otros gastos administrativos. La visa L-1 permite a la persona que la tiene a fines de un ano de trabajo en los Estados Unidos, de hacer una solicitud de residencia permanente (Green Card) si la persona desea residir en los Estados Unidos de manera permanente. El proceso de residencia permanente es largo y puede tomar hasta tres anos. En fin, los esposos de une persona con visa L-1 obtienen una visa L-2 la cual les permite trabajar legalmente en los Estados Unidos.
Es bueno saber que el beneficiario de une visa L-1, considerado como no-inmigrante debe pagar impuestos en su país de origen aunque sea remunerado por una empresa americana. Sin embargo, es preferible llamar a un consejero fiscal para tener más información.
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La manera la mas frecuente de volver residente americano es de ser patrocinado por su empleador americano.
Un empleador americano que desea emplear a un ciudadano extranjero para un periodo indeterminado deberá empezar un proceso al Departamento del Trabajo. Es el caso, por ejemplo para los empleadores que han contratado un trabajador extranjero que tiene una visa H-1B. El empleador americano deberá entre otras cosas empezar un proceso de contratación muy aguda en publicando particularmente una oferta de empleo en la prensa local y al la Oficina local del Departamento del Trabajo. Después de las candidaturas recibidas y de las cualificaciones de los candidatos para el puesto ofrecido, el Departamento del Trabajo decidirá o no de otorgar el Certificado de Trabajo. Este largo proceso permite de asegurarse que antes de llamar a un trabajador extranjero todos los recursos han sido utilizados para favorecer el empleo local. En el caso donde el empleador americano presentaría criterios de selección demasiados restrictivos en la descripción del puesto a llenar, una encuesta seria abierta por el Departamento del Trabajo.
Tan pronto como el certificado de trabajo habrá sido otorgado, una solicitud de residencia permanente deberá ser mandada al USCIS (U.S. Citizenship & Immigration Services). Si el ciudadano extranjero que ha obtenido el estatus de residente permanente es casado este mismo estatus será igualmente otorgado a su cónyuge tal como a sus hijos menores.
Además, el ciudadano que ha obtenido la autorización de residencia permanente no es obligado de quedarse al servicio de su empleador que le ha patronado.
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A fin de favorecer el desarrollo de la economía americana, el Congreso ha creado en 1990 la visa de inversionista, permitiendo a los inversionistas extranjeros de obtener un estatus de residencia permanente condicional.
El ciudadano extranjero debe invertir un capital por lo menos $1.000.000 en una empresa nueva para una duración de 18 meces. La transacción debe ser concluida antes del segundo aniversario del estatus condicional. El establecimiento de la empresa deberá tener por consecuencia la creación de por lo menos diez empleos al beneficio de ciudadanos americanos sin tener ninguno vínculo de familia con el inversionista.
La empresa debe ser real, con la parte de riesgos que eso implica. La ley exige una inversión inicial de $1,000.000 para el establecimiento de una empresa en una "región orientada" (Expresión utilizada por el departamento del Labor) mientras que en una "región non orientada" una inversión de $500.000 esta juzgada suficiente para la misma duración.
Se entiende por inversión total una combinación de cash y de bienes inmobiliarios (bienes corporales) o otros (equipos, acciones, etc.) Los servicios de inmigración le preguntaran de precisar la proveniencia de los fondos que serán invertidos en los Estados Unidos. Estos fondos deberán ser licites y podrán venir o de una donación, herencias o prestamos, etc.
En fin, a fin de obtener su visa el inversionista deberá suministrar a los Servicios de Inmigración un plan de trabajo o Business Plan con las previsiones financieras claramente detalladas par el lanzamiento de la nueva sociedad. Si todas las condiciones son reunidas la residencia permanente incondicional será otorgada entre el diez y ocho y el veinticuatro mes.
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Los gerentes de empresa, los directores y los empleados que ocupan un puesto de alta responsabilidad son considerados por los Servicios de Inmigración como siendo "trabajadores multinacionales". Esas personas hacen parte de una categoría "de empleados privilegiados": y obtienen en consecuencias un tratamiento de favor para acceder a la residencia permanente.
Esos "trabajadores multinacionales" deberán para poder hacer una solicitud hacer una solicitud de residencia permanente, haber trabajado durante por lo menos un ano, durante esos tres últimos anos para una empresa extranjera afiliada a una empresa americana. La persona que tiene una visa L-1 deberá haber trabajado por lo menos un ano para la empresa americana. En fin, la persona debe tener la intención de continuar su contrato de trabajo con el empleador que lo patronaza incluso después de la obtención de la residencia.
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Los ciudadanos extranjeros habiendo cualificaciones excepcionales en el dominio artístico, deportivo, científico o educativo podrán ellos también hacer una solicitud de residencia permanente. Para hacer parte de esta categoría de inmigrantes, el ciudadano debe probar que goza de un reconocimiento al nivel internacional (deportista, actor, pintor) y en ciertos casos deberá probar que tiene una experiencia profesional de, por lo menos tres años en la enseñanza o la búsqueda por ejemplo. Ninguna Certificado de Trabajo esta requerido para estas personas que desean obtener la residencia permanente.
Existe una segunda categoría de visa de residente permanente, igualmente destinada a las personas habiendo aptitudes excepcionales aplicadas a los extranjeros habiendo obtenido una maestría o todo otro diploma equivalente y cuya presencia en los estados Unidos es juzgada beneficiaria para la nación americana. En este caso, es obligatorio de obtener un Certificado de Trabajo dado por el Departamento del Trabajo.
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La ley de 1990 sobre la inmigración prevista una categoría de visas de inmigrantes para los extranjeros ejerciendo profesiones de alta nivel o habiendo cualificaciones excepcionales en los sectores mencionados más arriba.
El Certificado de Trabajo es facultativo si el extranjero demuestra que sus aptitudes profesionales son de interés nacional. Esta categoría permite también de hacer una solicitud de residencia permanente aunque no sea presente el empleador. Si el empleo no requiere un certificado de empleo, la duración de los tramites esta reducida de manera significante.
Ningún texto defina la noción "de interés nacional" El único criterio de selección será de probar que la presencia de ciudadano extranjero contribuirá de manera significativa al enriquecimiento de la economía nacional, del patrimonio cultural, de la educación y de la salud.
La meta de este categoría es de promover la entrada en los Estados Unidos de personas habiendo competencias excepcionales susceptibles de completar los "talentos locales". Los solicitadores deben contribuir a la mejora de uno de los elementes siguientes:
- La economía americana
- Los condiciones de trabajo y nivel de remuneración
- Los programas pedagógicos y los cursillos para los jóvenes americanos y para los trabajadores sub-cualificados,
- El sistema de salud,
- Las condiciones de acceso al alojamiento
- La valuación del medio ambiente y una mejor utilización de los recursos naturales,
- Hacer destacar el fundamento de una agencia gubernamental nacional
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